Inquilinos: Evitando el Desalojo y Trabajando con los Propietarios
Programa de Ayuda para la Renta, debido al COVID
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La aplicación de la cuarta fase del Programa de Ayuda para la Renta se cerrará a la medianoche del viernes13 de enero de 2023.
- Si su estado desalojo ha cambiado desde que presentó la solicitud o si necesita actualizar su información de contacto, envíenos un correo electrónico a: [email protected].
- El Programa de Alivio de Renta por COVID-19 brinda asistencia de renta a corto plazo a los hogares elegibles que han experimentado dificultades financieras debido a la pérdida de ingresos debido a la pandemia de COVID-19 que los ha atrasado en el pago de la renta. El programa es administrado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos del Condado (DHHS) con fondos del Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia del Departamento del Tesoro.
Llame para obtener asistencia legal gratuita o servicios de asesoramiento para inquilinos.
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Si recibe un aviso de la corte, comuníquese con una de las Organizaciones de Asistencia Legal listadas en esta página para obtener ayuda gratuita. Y asegúrese de asistir a su cita en la corte. Vea abajo para más información.
Comuníquese con una de las Organizaciones de Apoyo listadas en esta página para que lo ayuden con los pasos que puede tomar para evitar el desalojo y solicitar asistencia para el alquiler. Vea abajo para más información.
Pasos a seguir si recibe una citación o sentencia judicial:
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Solicite ayuda gratuita para acceder a derechos y protecciones:
- Maryland Court Help Center (línea directa): 410-260-1392 (Lunes-Viernes, 8:30 a.m. – 8 p.m.)
- Maryland Legal Aid: 888-465-2468
- Homeless Persons Representation Project : 410-387-3126
Solicite asistencia para el alquiler o actualice su solicitud:
- Si ya solicitó asistencia para el alquiler, envíe una actualización sobre el estado de la corte para obtener prioridad.El programa se cerrará a la medianoche del viernes 13 de enero de 2023.
Envíe un correo electrónico a: [email protected] con su número de caso de solicitud de alquiler y una copia o foto de su citación o sentencia judicial (o del aviso rojo y blanco puesto en su puerta).
Llame al 311 (240-777-0311) y pida que lo comuniquen con el programa de Prevención de desalojos de emergencia (Emergency Eviction Prevention).
Si lo llaman a la corte ➔ Vaya a la Corte!
- Debe comparecer en la corte para presentar una defensa y obtener su documentación de la corte. Luego, pregúntele a una de las organizaciones enumeradas anteriormente sobre el siguiente paso que debe tomar.
No se le puede obligar a abandonar su apartamento sin una orden judicial y la presencia del Sheriff. Si tiene preguntas sobre un aviso del propietario, llame al 311 (240-777-0311), Oficina de Asuntos entre Propietarios e Inquilinos.
Organizaciones de Apoyo
Para conocer sus derechos y opciones, obtener apoyo para trabajar con el propietario y negociar un plan de pago, saber qué esperar en la corte, prepararse para su audiencia en la corte y más, comuníquese con estas organizaciones:
- CASA : 301-431-4185
- Housing Initiative Partnership, Inc. : 301-916-5946
Martes a las 7:00 PM por Zoom
Por telefono: 301-715-8592
- Latino Economic Development Center :202- 688- 5786
- Asistencia DeRenta Y Recursos Para Inquilinos Miercoles a la 6:00 PM Atraves de Zoom
- Renters Alliance Inc.: [email protected]
- Renters Alliance Town Hall Events via Zoom
May 24, 2023 -7 PM
June 14, 2023 -7PM
June 28, 2023 -7 PM
- Renters Alliance Town Hall Events via Zoom
Organizaciones de Asistencia Legal
- Maryland Legal Aid : 888-465-2468
- Homeless Persons Representation Project : 410-387-3126
Información General
Oficina de Asuntos del Propietarios-Inquilinos del Condado de Montgomery: 311 (o 240-777-0311), [email protected]Documentos practicos
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Programa de Ayuda para la Renta, debido al COVID
La aplicación de la cuarta fase del Programa de Ayuda para la Renta se cerrará a la medianoche del viernes13 de enero de 2023.
- Si su estado desalojo ha cambiado desde que presentó la solicitud o si necesita actualizar su información de contacto, envíenos un correo electrónico a: [email protected]
- El Programa de Alivio de Renta por COVID-19 brinda asistencia de renta a corto plazo a los hogares elegibles que han experimentado dificultades financieras debido a la pérdida de ingresos debido a la pandemia de COVID-19 que los ha atrasado en el pago de la renta. El programa es administrado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos del Condado (DHHS) con fondos del Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia del Departamento del Tesoro.
- Mientras haya fondos disponibles, el programa puede proporcionar hasta $12,000/hasta 18 meses (incluida la asistencia previa de la Ronda 3) a los hogares elegibles para pagar el alquiler atrasado que debe. Para los hogares por debajo del 30% del ingreso medio del área (AMI), es posible que haya disponible ayuda financiera adicional más allá de los $12,000, incluidos hasta $2,000 para asistencia con los servicios públicos. Los fondos otorgados tendrán en cuenta cualquier otra asistencia local, estatal o federal recibida para pagar el alquiler.
Nota: si está considerando dejar su apartamento antes de recibir asistencia de alquiler, comuníquese con una de las organizaciones de apoyo listadas en esta página para obtener orientación sobre sus opciones. Si se muda antes de recibir asistencia para el alquiler, el monto total de la renta no pagado podría seguirlo.
Póngase en contacto con una Organización de Apoyo para obtener servicios gratuitos de asesoramiento para inquilinos
Mientras tanto, se anima a los inquilinos a pagar lo que puedan por el alquiler, ya que el alquiler aún debe pagarse.
Los Aumentos de Alquiler
Los Aumento del Alquiler
Cada aviso de aumento de alquiler por escrito del propietario debe ser entregado al inquilino 90 días antes del comienzo del aumento de alquiler y contener la siguiente información:
-
El monto actual (antiguo) del alquiler; el nuevo monto de alquiler propuesto; y, el aumento porcentual del alquiler mensual;
-
La fecha efectiva del aumento propuesto;
-
El límite de aumento de alquiler aplicable (por ejemplo, 0.4% el 4 de febrero de 2022 o posterior) y,
-
Un aviso de que el inquilino puede solicitar al Departamento que revise cualquier aumento de alquiler que el inquilino considere excesivo.
Los inquilinos o propietarios que tienen preguntas o desean ayuda pueden comunicarse con la Oficina de Asuntos del Propietario-Inquilino del DHCA del Condado de Montgomery llamando al 311 (240-777-0311) o envía un correo electrónico a [email protected]
Nuevo Formulario para uso del Propietario - Aviso de Intención de Presentar una Queja Expulsión Sumaria
A partir del 1 de Octubre, los propietarios no pueden presentar una queja por falta de pago de alquiler (FTPR) a menos que hayan proporcionado al inquilino un aviso de intención de presentar queja, al menos 10 días antes de presentarla.
El aviso ha sido ordenado por la ley estatal para ayudar a los inquilinos de la siguiente forma:
- avisándoles anticipadamente que el propietario puede presentar un caso judicial, así ellos pueden pagar el alquiler atrasado antes que el caso sea presentado en la corte y le cobren tarifas por pagos atrasados;
- proporcionándoles información (web y número de teléfono) de asistencia en el pago de alquiler disponible; y
- proporcionándoles listas de ayuda legal disponible.
Este aviso NO es un aviso de desalojo, sino un aviso que su alquiler está atrasado y que el propietario podrá presentar un caso de desalojo ante la Corte del Distrito.
Los Inquilinos no puedan ser desalojados sin una audiencia judicial, la emisión de un fallo y una acción programada por parte de la Oficina del Alguacil. Los inquilinos que pagan el alquiler en menos de 10 días evitan la presentación de un caso, por cargos de pagos retrasados.
Si el alquiler no se paga dentro de los 10 días, el arrendador puede presentar un caso y cobrar pagos atrasados. El Tribunal de Distrito fijará una fecha para una audiencia y los inquilinos pueden obtener asesoramiento legal gratuito (consulte la lista de Apoyo al Inquilino en el cuadro azul en la parte superior de esta página web); debe asistir a la corte; y deben trabajar con su arrendador sobre las opciones de pago. Los inquilinos elegibles deben solicitar el alivio de alquiler por COVID o comunicarse con una de las Organizaciones de Apoyo listadas en esta página para obtener ayuda enviando la solicitud para el alivio de alquiler disponible.
Pasos a seguir si recibe una citación para comparecer ante el tribunal
1. Solicite ayuda gratuita para acceder a derechos y protecciones:
- Maryland Court Help Center (línea directa): 410-260-1392 (Lunes-Viernes, 8:30 a.m. – 8 p.m.)
- Maryland Legal Aid: 888-465-2468
- Homeless Persons Representation Project : 410-387-3126
2. Llame al 311 (240-777-0311) para solicitar asistencia
Si recibe un fallo del Tribunal o un aviso rojo/blanco del Alguacil, llame al 311 (240-777-0311) para obtener ayuda. Si ya solicitó asistencia para el alquiler, envíe una actualización sobre su estado judicial para obtener prioridad. Envíe un correo electrónico a [email protected] con el número de caso de solicitud de alquiler y una copia o foto de su citación judicial o sentencia (o un aviso en rojo y blanco en su puerta).
3. Póngase en contacto con una Organización de Apoyo para obtener servicios gratuitos de asesoramiento para inquilinos
Comuníquese con una de las Organizaciones de Apoyo listadas en el cuadro azul de esta página para obtener orientación sobre sus opciones y los pasos que puede tomar para evitar el desalojo.
Si está considerando dejar su apartamento antes de recibir asistencia de alquiler, por favor comuníquese con una de las Organizaciones de Apoyo listadas en el cuadro azul de esta página para obtener orientación sobre sus opciones. Si se muda antes de recibir asistencia para el alquiler, el monto total de la renta no pagada podría seguirlo.
4. Venga a la Corte!
- Debe presentarse ante el tribunal para presentar una defensa y obtener su documentación del tribunal. Luego revise “Que hacer si Recibe una Decisión de Desalojo de la Corte” (abajo) o pregunte a una de las Organizaciones de Apoyo listadas en esta página sobre sus próximos pasos.
- Recuerde que no puede ser obligado a abandonar su apartamento sin una orden judicial y la presencia del Alguacil. Si tiene preguntas sobre un aviso de su arrendador, llame al 311 (240-777-0311), Oficina de Asuntos de Propietarios e Inquilinos.
Qué hacer si recibe una decisión de desalojo de la corte
Si recibió una decisión de desalojo de la corte, todavía tiene algunas opciones:
- Llame al 311 (240-777-0311) para solicitar asistencia
- Si ya solicitó asistencia para el alquiler, envíe una actualización sobre su estado judicial para obtener prioridad. Envíe un correo electrónico a [email protected] con el número de caso de solicitud de alquiler y una copia o foto de su citación judicial o sentencia (o un aviso en rojo y blanco en su puerta). La solicitud de alivio de alquiler calificará como prioridad sobre la base de enfrentar el desalojo.
- Si está considerando dejar su apartamento antes de recibir asistencia de alquiler, comuníquese con una de las organizaciones de apoyo listadas en esta página para obtener orientación sobre sus opciones. Si puede pagar el monto total de alquiler no pagado, puede darle ese pago a su arrendador y ellos deben aceptarlo y cancelar el proceso de desalojo si la renta se pone al día.
Recuerde que no puede ser obligado a abandonar su apartamento sin una orden judicial y la presencia del Alguacil. Si tiene preguntas sobre un aviso de su arrendador, llame al 311 (240-777-0311) y pregunte por la Oficina de Asuntos de Propietarios e Inquilinos.
El Propietario No Puede Desalojar a un Inquilino sin una Audiencia Judicial, una Orden Judicial y la Oficina del Alguacil
Los propietarios pueden emitir avisos de desalojo que se reflejen en el contrato de arrendamiento y emprender acciones de cobro.
Sin embargo, no puede producirse ningún desalojo hasta que:
-
el tribunal escuche el caso,
-
el tribunal escuche el caso,
-
el desalojo sea programado por la Oficina del Alguacil.
Esto significa que el propietario nunca puede cambiar las cerraduras, cortar los servicios públicos, o remover sus pertenencias sin una orden judicial y un Alguacil presente.
Si el propietario intenta desalojarlo físicamente sin una orden judicial, puede llamar al número de la Policía que no es de emergencia al 301-279-8000.
Para obtener más información, llame al 311 (240-777-0311) para comunicarse con la Oficina de Asuntos de Propietarios-Inquilinos.v
Los Propietarios Pueden Perseguir el Desalojo en la Corte por tres Razones
Inquilino que se mantiene en la propiedad
Cuando vence su contrato de arrendamiento, si no se le ofrece (o decide no firmar) un contrato de arrendamiento, automáticamente se convierte en un inquilino de mes. Tanto usted como su arrendador pueden dar un aviso de desalojo. Se requiere un aviso de 60 días por parte del arrendador para el aviso de desalojo, que puede ser al vencimiento del contrato de arrendamiento o más tarde. El período de aviso depende según el contrato de arrendamiento. Si no se ha ido antes de que finalice el plazo del aviso de desalojo, el propietario puede presentar un caso de retención del inquilino para hacer cumplir el aviso de desalojo.
Si recibe un aviso de su propietario para terminar su contrato de arrendamiento o desalojar la propiedad o si recibe una citación para presentarse ante el tribunal, llame a Maryland Legal Aid al 240-314-0373. O llame a una de las Organizaciones de Apoyo para asistencia. Asegúrese de ir al Tribunal en la fecha asignada.
Incumplimiento del Contrato de Alquiler
Un inquilino puede recibir un aviso de 30 días de incumplimiento del contrato de arrendamiento (por ejemplo, el apartamento no permite mascotas y el inquilino tiene un perro). Un inquilino puede remediar un incumplimiento y el propietario debería rescindir el aviso, pero la ley no lo exige. Por ejemplo, el inquilino puede reubicar al perro y se cancela la infracción. Corresponde al juez decidir si el incumplimiento es sustancial y justifica el desalojo.
Si recibe un aviso de incumplimiento de contrato de arrendamiento de su arrendador o una citación para presentarse ante el tribunal, llame a Maryland Legal Aid al 240-314-0373. O llame a una de las Organizaciones de Apoyo para asistencia. Asegúrese de ir al Tribunal en la fecha asignada.
Falta de Pago del Alquiler
Un propietario puede presentar un caso de falta de pago del alquiler cuando un inquilino este atrasado en el pago de alquiler.
Los inquilinos tienen derecho a pagar el alquiler retrasado en cualquier momento. El arrendador debe aceptar el pago de la renta y cancelar el proceso de desalojo si la renta se actualiza, al menos que el arrendador haya presentado una solicitud y no se le haya otorgado ningún derecho de redención. El pago de alquiler no detendrá el desalojo en este caso al menos que el arrendador cambie de opinión.
Si recibe una citación para presentarse ante el Tribunal, llame a Maryland Legal Aid al 240-314-0373. O llame una de las Organizaciones de Apoyo para obtener ayuda. Asegúrese de ir al Tribunal en la fecha asignada.
Opción para que el inquilino rompa su contrato de alquiler por una situación más allá de su control
Esta notificación no tiene que coincidir con el ciclo de pago del alquiler. Esta opción se aplica a un inquilino que no puede cumplir con el balance del contrato de alquiler debido a un cambio involuntario de empleo del área Metropolitana de Washington (generalmente 25 millas); muerte de un asalariado con ingreso mayor; desempleo; inquilino o hijo de inquilino siendo víctima de violencia doméstica; un propietario que acosa al inquilino o viola los derechos de privacidad del inquilino; el inquilino o el cónyuge del inquilino que tenga 62 años o más, no capaz de vivir de forma independiente por más tiempo y que necesita mudarse a un asilo de ancianos u otra vivienda para adultos mayores; inquilino que está encarcelado o declarado mentalmente incompetente; o por cualquier otra causa razonable más allá del control del inquilino.
El inquilino debe estar preparado para explicar las circunstancias específicas en la notificación de desocupacion y proporcionar pruebas para justificar las razones en el momento de la notificación. El inquilino es responsable del alquiler durante el período de notificación. Bajo estas circunstancias, el inquilino puede ser responsable de una multa de pago que no exceda un mes de alquiler o los daños reales sufridos por el propietario como resultado de la infracción, cualquiera sea la menor.
Más información sobre este tema está disponible en el Manual de Propietarios e Inquilinos (PDF).
Obtenga ayuda (alimentos, servicios públicos)
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Visite WorkSource Montgomery o llame al 301-929-6880 para obtener ayuda para la búsqueda de empleo.
Condiciones Seguras de Vida de Alquiler (Ejecucion del Código de Viviendas del Condado)
El Condado ofrece COVID-19 afiches de la salud, seguridad e inquilinos para los edificios de apartamentos,incluyendo volantes en varios idiomas en "Detenga la Propagación de Gérmenes," y "Distanciamiento Social”.
El Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios (DHCA) se encarga de las Quejas del Código de Vivienda
El Condado ha reiniciado todos tipos de inspecciones de vivienda, incluyendo inspecciones interiores que fueron suspendidos durante la pandemia del COVID -19.
Llame al 311 (o 240-777-0311) o DHCA en el internet para reportar una queja o solicitar un servicio.
El personal de la Ejecucion del Código de Vivienda de DHCA responderá por teléfono o por correo electrónico a cada solicitud de servicio para evaluar la situación, considerar las formas de abordarlo y explicar la regulación del tiempo de cualquier otra acción.
Otros asuntos de Propietarios e Inquilinos
El Manual de Propietarios e Inquilinos describe los derechos y responsabilidades de los propietarios e inquilinos en el Condado de Montgomery.
Si tiene preguntas o inquietudes, contacte directamente a la Oficina de Asuntos de Propietarios e Inquilinos del Condado
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llamando al 311 (240-777-0311)
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presentando una solicitud por internet, o
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enviando un correo electrónico a [email protected].
La Oficina de Asuntos de Propietarios-Inquilinos del Condado (OLTA) hace cumplir las leyes de propietarios e inquilinos del Condado, ley estatal de depósito de seguridad; responde preguntas sobre los inquiinatos y, derechos y obligaciones de inquilinos y propietarios. Para comunicarse con OLTA, llame al 311 (240-777-0311) y pida hablar con alguien. Un investigador le regresará su llamada en 48 horas; usualmente el mismo día. El personal de OLTA intentará llamarlo varias veces y al día siguiente también.
Cuando hable con un investigador de la oficina de Propietarios e Inquilinos, se le dará todo el apoyo posible por teléfono. Si se necesita un formulario de quejas para resolver el problema, se le proporcionará uno para que continue con el proceso de denuncia.